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Carlos Reyna.
Fue una consulta prevista para solo tres pequeños distritos piuranos, con apenas el 0.2% de todo el electorado nacional, lejos de Lima. Pero ha movido el suelo político con más fuerza que la huelga del Sutep, los paros regionales o los bloqueos cocaleros, y ha enrojecido los cachetes palaciegos bastante más que los destapados almuerzos de Agustín Mantilla.
Nunca se habían pronunciado tantos actores políticos e institucionales. La consulta ha sacado una tomografía al país político, mostrando cuán fuertes, regulares o pobres son las convicciones democráticas de cada cual.
El más afectado es el premier Del Castillo. Jamás ha denostado tanto a un movimiento social. Nunca movilizó, para calumniarlo, a tanto funcionario y a tanta prensa. Después de la consulta, qué duda cabe, va a continuar denigrándola, con alevosía y ventaja.
Hay varias razones para el gran impacto de esta pequeña consulta. Lo que ha remecido a sus adversarios es el amplio efecto demostrativo que puede tener. Muchos otros poblados o comunidades pueden optar por el mismo procedimiento para hacer pesar su opinión sobre si una mina se instala en sus suelos o no. Este es un asunto que hasta ahora ha sido exclusivo del Estado y las empresas mineras. Si el ejemplo prende, será inevitable algún tipo de reforma que reduzca el poder de la burocracia central y de la élite propietaria en el campo de la minería. Por eso las iras.
Sin embargo, al igual que en Tambogrande, esta consulta ha acertado al cien por ciento al escoger al prestigioso sufragio universal como el mecanismo para dotar de incuestionable y rotunda legitimidad a su demanda. La imagen de un pueblo sencillo que vota, ya no para elegir a los que van a decidir en su nombre sino para hacer valer sus demandas, es un poderoso activador de solidaridades. Por eso el apoyo les ha llegado de toda la región, del país y del exterior.
Finalmente, no hay nada que dé sustento legal para que este tipo de consulta sea reprimida. La Constitución, las leyes electorales y la ley de participación ciudadana establecen ciertos tipos de consultas populares vinculantes, con determinados requisitos y funciones al Jurado Nacional de Elecciones y a la ONPE. Pero eso no convierte en ilegales a otras consultas diferentes, promovidas desde el pueblo. Menos aun si esas consultas, como en este caso, no pretenden tener efectos vinculantes pero sí expresar opinión y canalizar la participación, ya que de eso se trata.